Anagram & Information om | Spanska ordet FASTA
FASTA
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- Estos nomes (Primipilarius y Praefectus legionis) usaron en España, fasta que se perdió, é la ganaron los moros, ca desde que la cobraron los cristianos, llaman al que este olicio face alferez, e así ha oy dia nome.
- Según relata Pero López de Ayala en sus Crónicas de los Reyes de Castilla, «a este Infante non le prendía por ninguna cosa que él ficiese contra su servicio; mas porque rescelaba que algunos de Portogal quisiesen tomar á él por Rey, ante que á la Reyna Doña Beatriz su mujer, çe que él oviese la posesión del Regno: e que fasta que todo esto fuese asosegado, que le quería tener preso porque non le ficiese bollicio.
- Antes de esta fecha, el paso del río debía hacerse con barca, como se desprende del Libro de la Montería de Alfonso XI: "Et es la vocería por cima de la cumbre fasta el camino del Barco de Val de Zate" (Valdezate es un arroyo que desemboca en las inmediaciones del puente), y de un arbitrio de 1435, por el que se reconocían los derechos de paso del monasterio.
- Por Fazer bien y merced a vos Francisco de Madrid mi Secretario, acatando los muchos, e buenos, e leales y señalados servicios que me avedes fecho, e fazedes de cada día, especialmente que en el mes de Setiembre, primero que passó deste presente año, teniendo yo cercadas las fortalezas de Cambil y Alhava, vos el dicho mi Secretario, en mi nombre e con mi gracia e licencia emprendistes de fazer, e fezistes que se fiziesse un camino desde el Vis de Torre por el puerto de Villanueva, por donde antes nunca jamás se pensó hazer camino alguno, porque con gran trabajo hombres a pie podían por allí passar, según las montañas, y sierras, y peñas tan ásperas, e montuosidad avía, por el qual fue e passó la dicha mi artillería fasta ser assentada sobre las dichas fortalezas, y assentada dentro de un — — que tiró, derribó e puso por el suelo la mayor parte de la dicha fortaleza del Alhava por donde por la gracia de Dios nuestro Señor yo tomé y gané por fuerza las dichas fortalezas de los moros enemigos de nuestra Santa Fe Católica, que las tenían.
- Y en un privilegio rodado otorgado por Fernando IV al concejo de Salinas de Añana, que contiene el ordenamiento otorgado a los concejos de las villas y lugares de Castilla, se afirmaba que «las villas e los logares de Castilla sson yermos e astragados por la razón sobredicha (malfetrías) e por la guerra que passó fasta aquí», aludiendo a la guerra civil y a los crímenes, saqueos y violencias cometidos por los nobles y bandoleros.
- ”El monte del Moro es buen monte de oso, et de puerco en ivierno, et en verano, et son las vocerías, la una desde la casa de Vega de Perreros fasta asomante á Val Mayor, et la otra por Rioseco, et la otra en la Carrera Vieja que vá de Mercadiello á Laguna.
- Et son las vocerías, la una desde el puerto de Pan de Lanza fasta la collada de la Uña, que non pase por Verrande; et la otra es desde Pan de Lanza fasta collada Fermosa.
- En este pleito, se dice que el acusado, Juan de Villafañe, quiso apropiarse en prejuicio del rey y de la ciudad de lo que dice que es «un soto que es çerca de Villarrodrigo en del concejo e omes buenos del dicho lugar de Villarrodrigo, aldea e alfoz e termino e juridiçion de la dicha çibdat», no dejando pacer a sus ganados, llegando la situación a tal punto de que cuatro años antes, por querérselo apropiar, «prendó fasta once bueyes» que se los llevó a pacer a un lugar que dicen de «Jetin en término de Arguello».
- Que segun primeramente estaba asentado é prometido non tenga que ver en derechos algunos de esta empresa por espacio de diez años, que se cumplen en fin del año de noventa, el Almirante ni lugarteniente, así de quintos como de pesquerías de la dicha isla de la Gran Canaria, é de las presas que de ella se fagan, placiendo á Dios, durante los dichos diez años; é que todos los dichos quintos, pertenecientes al Rey é Reina nuestros Señores por razon de la dicha conquista é guerra por espacio de los dichos diez años, así de esclavos como de cueros é sebo é de armazon, pues que los susodichos lo ponen de la dicha isla de la Gran Canaria, sean de ellos é para ellos en emienda é satisfaccion del gasto que para ello ponen, é el trabajo é aventura é arrisco de sus personas é faciendas, é de los navios é gentes que llevan para la dicha conquista de la dicha Isla; é asimismo les pertenezca el quinto delasde las presas que desde allí se hicieren en las otras Islas de infieles, tanto que en esto no se entienda cosa alguna que concerniere á lo de la Mina del Oro, porque de aquesto non se ha de llevar cosa de lo susodicho, ni ellos hayan de entender en ello por manera alguna; é si de este viage non se pacificase la Isla, é por conquista conviniese pro veerse para adelante de gentes é navios fasta que la Isla se gane durante los dichos diez años, sean tenidos los susodichos Alfonso de Quintanilla é Pedro Fernandez Cabron é Pedro de Vera, si aceptare el partido de suso dicho, ó quien en su logar lo hobiere de aceptar, el poner los navios é gentes que para ello fueren menester, fletados é aderezados de marineros é gentes de guerra, la que menester fuere, á su costa, tanto que los mantenimientos que despues de este viage fueren necesarios, se hayan de complir de la Indulgencia ó por los dichos Señores Rey é Reina nuestros Señores; ansimismo se les promete que non se les consintirá por los dichos Señores Rey é Reina nuestros Señores á Diego de Ferrera, nin á ningun Capitan suyo, entender en conquista de las otras Islas de infieles non conquistadas, ni en la presa de la Gran Canaria, nin en facer paz ó tregua é sobreseimiento ó acuerdo de alianza é de confederacion con la Isla de Tenerife ó de la Palma que estan por con quistar; lo cual todo susodicho, é cada cosa dello, se asentó por mandado de los dichos Señores Rey é Reina nuestros Señores, por los dichos Señores Dolores de Talavera é Villalon é de Lillo, del Consejo de sus Altezas, en la ciudad de Toledo, veinte y cuatro dias del mes de Febrero, año del Nascimiento de nuestro Señor Jesucristo de mil é cuatrocientos é ochenta años, para que todo sea guardado é complido, segun é por la forma é manera que desuso se contiene é declara.
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